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PRINCIPIOS FUNDAMENTALES
Principios fundamentales del Derecho Penal
- Principio protector: Ante cualquier duda o conflicto, se aplica la norma más favorable al trabajador.
- Irrenunciabilidad de derechos: Los derechos laborales básicos no pueden ser renunciados por el trabajador.
- Continuidad de la relación laboral: Se presume que el vínculo laboral tiene vocación de permanencia.
- Primacía de la realidad: En caso de contradicción entre lo que ocurre en la práctica y lo que figura en documentos, prevalece lo real.
- Razonabilidad: Las normas deben aplicarse con sentido común y equidad.
- Buena fe: Ambas partes deben actuar con honestidad y respeto mutuo.
Principios fundamentales del Derecho Civil
- Autonomía de la voluntad: Las personas tienen libertad para establecer acuerdos y relaciones jurídicas, siempre que no contravengan la ley ni el orden público.
- Igualdad jurídica: Todos los individuos son iguales ante la ley, sin distinción por condición personal, económica o social.
- Buena fe: Las relaciones jurídicas deben desarrollarse con honestidad, lealtad y respeto mutuo. Se presume en todos los actos civiles.
- Legalidad: Toda actuación jurídica debe estar respaldada por una norma legal. Lo que no está permitido por la ley, no puede exigirse.
- Reparación del daño: Quien cause un perjuicio a otro está obligado a repararlo, ya sea por acción u omisión.
- Seguridad jurídica: Las normas deben ser claras, estables y previsibles, para que las personas puedan actuar con confianza en sus relaciones legales.
Principios fundamentales del Derecho Penal
- Principio de legalidad: Este principio garantiza que las normas penales sean claras, escritas y previas.
- Principio de culpabilidad: No se puede castigar a alguien por el simple resultado de una acción sin que haya existido voluntad o previsión.
- Principio de presunción de inocencia: Toda persona es inocente hasta que se demuestre lo contrario. La carga de la prueba recae en el Estado, no en el acusado.
- Principio de proporcionalidad: La pena debe ser adecuada a la gravedad del delito cometido. No puede ser excesiva ni desproporcionada, y debe considerar las circunstancias del caso y del acusado.
- Principio de humanidad: Las penas deben respetar la dignidad. Se prohíben las sanciones crueles, inhumanas o degradantes, y se promueve la reinserción social del infractor.
- Principio de irretroactividad: La ley penal no puede aplicarse a hechos anteriores a su entrada en vigor, salvo que beneficie al acusado.